LOS AFECTADOS DE FÓRUM FILATÉLICO RECUPERARÁN EL 10,5% DE SUS INVERSIONES.
La administración concursal de Fórum Filatélico ha comenzado a principios de este mes de diciembre a hacer pagos de una parte de lo adeudado a todos aquellos afectados que tenían reconocido derecho de crédito. Concretamente recuperaran el 10,5% de sus inversiones o créditos extraordinarios.
Los afectados están percibiendo el citado porcentaje desde el pasado 4 de diciembre, en aquellas cuentas que tiene Fórum Filatélico en sus bases de datos.
Todas aquellas cuentas que estén cerradas y se desee percibir los pagos citados en otra entidad o si el beneficiario de tal dinero ya ha fallecido, deberán comunicarlo al administrador concursal a través de correo electrónico: consultas@administracionconcursalforum.com, en el teléfono: 91 335 01 30 o por fax al 91 441 08 90.
En total han sido 2883932 acreedores reconocidos como créditos ordinarios en el concurso de acreedores de Fórum Filatélico.
El pasado 12 de Diciembre se realizó el segundo pago a los afectados, teniendo una previsión de un mes por parte de la administración concursal de Fórum Filatélico, para completar la totalidad de las transferencias.
Los restantes acreedores serán atendidos una vez hayan sido pagados los que no tienen incidencia alguna.
A través de la página web: www.administracionconcursalforum.com, según los casos, por comunicación directa de los que tienen domicilio que no devuelve correspondencia, se pondrán en comunicación para facilitar el pago.
Este pago supone la entrega del 20,50% de las cantidades reconocidas en el concurso de acreedores en la lista definitiva como créditos ordinarios.
Los acreedores que recibieron el primer pago del 10% no tienen que realizar gestión alguna. Los abonos llegarán a la cuenta que tiene registrada la sociedad.
Informan que el único procedimiento que la Administración Concursal considera válido para recibir el abono que les pertenece es:
—ENVIAR POR CORREO ORDINARIO ESCRITO A LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL EN EL QUE:
- Soliciten el cambio de cuenta que deberá de ser documento original firmado por el acreedor y fechado.
- Adjuntar documento original de la entidad bancaria en el que conste como titular el acreedor y el número de cuenta.
- Y la Fotocopia del DNI del acreedor
Cualquier otro proceso no es considerado valido y no será admitido.